Por considerar imperioso legislar en favor de los menores de edad y tratar de que los posibles efectos negativos que se generen, derivados del rompimiento del vínculo matrimonial de sus padres les afecten lo menos posible, el Congreso del Estado aprobó reformas y adiciones al Código de Familia para el Estado de Sonora.
Se trata de atender, puntualmente, las disposiciones de diversos tratados internacionales, particularmente lo dispuesto en el numeral 19 de la Convención de los Derechos del Niño, y legislar tomando como base el interés superior del menor, establece el dictamen presentado al Pleno por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
El diputado Iram Leobardo Solís García, quien el 10 de febrero de 2022 presentara la iniciativa, dio lectura al dictamen con proyecto de Decreto que reforma los artículos 129, 140, fracciones VI y VII; 144, fracciones IV y V; y se adicionan una fracción VIII al Artículo 140 y una fracción VI al Artículo 144, todos del Código de Familia para el Estado de Sonora.
“En la especie, la iniciativa en análisis tiene como objetivo que, durante el proceso de divorcio y con posterioridad al mismo, en caso de que sea necesario, se brinde una evaluación psicológica y, si se requiere tratamiento, se estipule la responsabilidad de ambos padres al respecto”, expresó el legislador.
En el Artículo 129 se incluye, como un efecto derivado de una nulidad de matrimonio, que el Juez podrá determinar cuándo las madres y padres tendrán como obligación llevar a las hijas e hijos menores de edad o incapaces, a que se les realice una valoración psicológica y, en su caso, psiquiátrica, así como en caso de que sea necesario, se brinde el tratamiento adecuado.
Se reforma y adiciona el Artículo 140 del Código de Familia, con la finalidad de que, al admitirse la demanda de divorcio o antes si hubiere urgencia y solo mientras dure el juicio, se podrá dictar como una medida provisional que se realice una evaluación psicológica a las hijas e hijos menores de edad o incapaces, y se brinde el tratamiento adecuado en caso de que sea necesario.
En el Artículo 144, a efecto de que, cuando se presente una solicitud de divorcio por mutuo consentimiento de los cónyuges, dentro de los puntos del convenio que están obligados a presentar al Juzgado, se incluyan las fechas en las que se realizarán las evaluaciones psicológicas o, en su caso, psiquiátricas, de las hijas e hijos menores de edad, así como establecer las responsabilidades respecto del seguimiento al tratamiento de terapia, en caso de que así resulte en las evaluaciones.
El diputado Solís García sostuvo que, con lo anterior, se busca proteger la salud mental de los menores de edad durante y después de concluir el proceso de divorcio de los cónyuges, así como cuando se declare la nulidad en un matrimonio, lo cual evidentemente conlleva la mejoría en el desarrollo del mismo, en los diferentes ámbitos.
En el desarrollo de la sesión ordinaria, el Pleno aprobó un Acuerdo mediante el cual el Poder Legislativo resuelve exhortar a los 72 ayuntamientos del Estado y a las autoridades educativas universitarias, para que implementen acciones a fin de dar un manejo integral y ambientalmente adecuado a los residuos plásticos de un solo uso, a efecto de resolver el impacto que ocasiona la contaminación por este tipo de desechos en los bienes inmuebles de dominio público de uso común y para la prestación de un servicio público.
El diputado Próspero Valenzuela Múñer presentó la iniciativa en la que se asienta que deberá hacerse en apego a lo que señalan la Ley de Gobierno y Administración Municipal, la Ley del equilibrio ecológico y protección al ambiente, así como la Ley que regula la producción, manejo y disposición final de residuos sólidos urbanos de manejo especial y productos plásticos de un solo uso en el Estado de Sonora.
“Como podemos ver, nuestro marco normativo local estipula una serie de programas y medidas de prevención, manejo integral y ambientalmente adecuado a los residuos plásticos de un solo uso, a los que coloquialmente se les denomina como basura, compuesta por bolsas de supermercado, envases de alimentos, botellas, pajillas, recipientes, vasos y cubiertos, entre otros”, externó.
El diputado Valenzuela Múñer agregó que se requiere agilizar la solución a esta problemática, para lo cual es necesaria la coordinación y enlace de la Procuraduría y el Ayuntamiento, además de que se establezcan programas sobre cultura ambiental con participación comunitaria, para de esa manera evitar la generación y un mejor manejo ambiental, adecuado y económicamente eficiente de los residuos plásticos de un solo uso.
En esta sesión, la Presidencia turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos una iniciativa con proyecto de decreto que reforma el Artículo 263 Ter del Código Penal del Estado de Sonora, presentada por la diputada Sagrario Montaño Palomares, a nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.
Expuso que el homicidio es el peor de los delitos que se pueden cometer, especialmente cuando se comete en contra de la mujer y de los niños o niñas, motivo por el cual la propuesta es equiparar la pena mínima del delito de homicidio infantil, que actualmente es de 30 años, con la del delito de feminicidio, para que quede en 45 años.
“Nada nos a devolver a un niño al que se le arrebata la vida; nada nos va a hacer sentir justicia ante la muerte violenta de un menor; no hay manera de que una pena nos haga sentir reconfortados ante un delito tan vil y cruel, pero sí podemos generar acciones que aseguren brindar un castigo acorde a la gravedad del daño que se cometió”, aseveró la legisladora.
La Presidencia citó a sesión del Pleno este martes 1° de noviembre, a las 11:00 horas.