El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) habría establecido nuevas restricciones para la Modalidad 40, un esquema que permite a los trabajadores continuar realizando aportaciones por su cuenta para mejorar el monto de su pensión, especialmente a quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997.
De acuerdo con la información difundida en redes sociales, el cambio limita el salario con el que una persona puede incorporarse por primera vez o reingresar a esta modalidad, lo que podría reducir las posibilidades de incrementar significativamente la pensión mediante aportaciones elevadas durante los últimos años de cotización.
¿Qué cambia en la Modalidad 40?
Hasta ahora, los trabajadores podían elegir un salario de cotización superior al que tenían registrado al dejar su empleo, con un límite de 25 Unidades de Medida y Actualización (UMA), siempre que cumplieran con los requisitos aplicables.
Con las nuevas disposiciones descritas en la publicación, quienes se incorporen por primera vez o reingresen al esquema tendrían como límite el último salario registrado ante el IMSS más una UMA diaria.
Por ejemplo, si un trabajador tenía registrado un salario de 300 pesos diarios, el nuevo límite sería de aproximadamente 417 pesos diarios, de acuerdo con las cifras difundidas.
Este ajuste modificaría una de las estrategias utilizadas por algunos trabajadores para elevar su pensión: cotizar con un salario mayor durante los últimos cinco años, periodo relevante para el cálculo pensionario de quienes se encuentran bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973.
¿Qué pasa con quienes ya pagan?
La información difundida señala que las personas que ya estaban inscritas conservarían las condiciones de su periodo contratado. Sin embargo, quienes dejen de pagar y sean dados de baja podrían enfrentar las nuevas restricciones si posteriormente solicitan su reingreso.
Por ello, quienes actualmente realizan aportaciones deben verificar su situación directamente con el IMSS y evitar suspender sus pagos sin conocer las consecuencias que tendría una eventual baja.
También se señala que ya no sería posible realizar el alta con fecha retroactiva para cubrir los meses transcurridos desde la salida del empleo y que el trámite tendría que efectuarse por internet.
¿A quiénes afecta?
La Modalidad 40 está dirigida a trabajadores que cumplen los requisitos de la continuación voluntaria en el régimen obligatorio. Es especialmente relevante para quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 y buscan pensionarse conforme a la Ley del Seguro Social de 1973.
El monto de la pensión depende de diversos factores, entre ellos las semanas cotizadas, el salario promedio de las últimas 250 semanas y la edad al momento de pensionarse. Por ello, cualquier cambio en el salario con el que se cotiza puede tener consecuencias importantes en el cálculo final.
¿Qué deben hacer quienes planeaban inscribirse?
Antes de iniciar el trámite, se recomienda:
- Consultar el reporte de semanas cotizadas y verificar el último salario registrado ante el IMSS.
- Revisar si se cumplen los requisitos para acceder a la continuación voluntaria.
- Solicitar orientación sobre el régimen pensionario aplicable y el posible monto de la pensión.
- Comparar el costo de las aportaciones con el beneficio que se espera obtener.
- Confirmar directamente con el IMSS si las nuevas restricciones están vigentes y cómo se aplican a cada caso.
La Modalidad 40 no desaparece, pero las restricciones descritas podrían cambiar la manera en que algunos trabajadores planean su retiro.
Es importante precisar que los detalles sobre el alcance, la vigencia y la aplicación de estas medidas deben corroborarse en fuentes oficiales del IMSS antes de tomar decisiones que puedan afectar el historial de cotización o el futuro de una pensión.







