El legislador propone que en caso de que la víctima fallezca, el responsable enfrente el proceso penal en prisión sin el beneficio de libertad durante el curso del mismo, en la que sería llamada la ‘Ley Avendaño’.
Una propuesta para que a los culpables del delito de abandono de personas se les siga proceso penal en prisión sin derecho a fianza, en los casos que muera la víctima, presentó este martes el diputado José Luis Castillo Godínez.
La iniciativa con proyecto de decreto que reforma el Artículo 274 del Código Penal del Estado de Sonora, con la adición de un segundo párrafo, fue presentada por el legislador priista con el objetivo de evitar que los culpables de ese delito queden impunes.
El añadido que se propone al Artículo 274 es el siguiente: “Si del abandono de la o las personas resultare la muerte, la sanción será de tres a ocho años de prisión y de veinte a doscientos días multa; y, será catalogado como delito de prisión preventiva oficiosa”.
Castillo Godínez fundamentó su propuesta bajo el argumento de que el abandono de personas es un delito de omisión en el que se pone en peligro la vida o la salud de una persona que no puede valerse por sí misma en ese momento, es una muestra del dolo de la persona que abandona a la víctima.
El diputado por Empalme puso como ejemplo el caso del señor Aparicio Avendaño Beltrán, quien vivió en carne propia una de las mayores tragedias que puede enfrentar un padre de familia, como fue la pérdida de dos de sus hijas a causa de un accidente vehicular. Las víctimas fueron abandonadas en el lugar de los hechos y, lamentablemente, perdieron la vida posteriormente.
“Soy el portavoz del señor Aparicio Avendaño y entiendo su dolor, pues de haberse prestado atención a las dos niñas, ahora seguirían vivas”, comentó Castillo Godínez, quien añadió que esta es la “Ley Avendaño”.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para su análisis y posterior aprobación.







