Las empresas constituidas como personas morales tienen la obligación de entregar las utilidades a sus trabajadores hasta el último día hábil de mayo, es decir, el Reparto de Utilidades se debe pagar a más tardar el 30 de mayo de 2023, en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral (empresa), mientras que, las personas que trabajan para una persona física (patrón), deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio de 2023.

Es importante destacar que si un trabajador no recibe esta prestación o se le paga de forma incompleta, tiene un plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida, para reclamar el pago de las utilidades, de acuerdo con la LFT. En caso de no efectuarse, los trabajadores tienen el derecho de presentar una denuncia.

El reparto de utilidades es un derecho constitucional de los trabajadores y forma parte de sus derechos laborales. Es responsabilidad de las empresas y patrones cumplir con esta obligación en los plazos establecidos, y en caso de incumplimiento, los trabajadores tienen el derecho de reclamar el pago de las utilidades a través de los canales correspondientes, como la Profedet.

Para brindar asesoría y orientación a los trabajadores en caso de problemas con el reparto de utilidades, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) pone a disposición diferentes alternativas. Los interesados pueden obtener orientación gratuita a través del teléfono 555-998-2000, en las extensiones 44740 y 44741, o enviar un correo electrónico a la dirección orientacionprofedet@stps.gob.mx. También es posible acudir de manera personal a cualquiera de las oficinas de la Profedet.

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