Por los servicios benéficos eminentemente prestados a favor del Estado, el Pleno de la LXI Legislatura declaró a la Escuela Normal del Estado “Profr. Jesús Manuel Bustamante Mungarro”, como “Benemérita Centenaria”, leyenda que será inscrita con letras doradas en la pared de honor del recinto legislativo.

El Decreto aprobado establece que será en sesión solemne del Congreso del Estado en la que se develará la inscripción citada, para lo cual se invitará a los titulares de los poderes del Estado y demás instituciones que autorice la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.

Asimismo será invitada la Directora de la Escuela Normal del Estado, para que en dicha sesión solemne, en representación de la misma, haga uso de la tribuna.

El diputado Fermín Trujillo Fuentes, impulsor de la iniciativa, expuso ante el Pleno que la Normal del Estado de Sonora, que fuera la primera escuela de Educación Superior en la entidad, la más antigua, ha sido bastión de ilustres profesores que han destacado en las artes, la literatura, en la generación del conocimiento a través de la academia, y muchos se han desempeñado en puestos de toma de decisiones y responsabilidad social de alto nivel.

Mencionó al profesor Luis G. Monzón, que organizó los primeros estudios de Educación Normal en el Estado; igualmente destaca entre los primeros docentes la profesora Isabel Peña; a los profesores Ángel Arriola, Heriberto Aja, Ignacia Echeverría, el doctor Luis Orcí, los profesores Félix Soria, Eduardo Lever, José María Mendoza, Alberto Gutiérrez, Lázaro Mercado, Rafael Romandía, Teodosio Navarrete, entre otros.

“Hoy, a cien años de su fundación, para celebrar el primer centenario, considero que la sociedad sonorense está comprometida con esta noble institución que tanto ha dado a nuestro Estado, que tanto ha contribuido a la formación de varias generaciones valiosas.

“Muchos de sus egresados, además de la hermosa misión formadora, se convirtieron o contribuyeron en la formación de eminentes profesionistas de la docencia en escuelas superiores, otros en prominentes promotores del cambio social, de la expresión cultural; destacados científicos, investigadores, escritores o pedagogos; grandes deportistas o inspiradores del deporte y del arte, que dieron y dan vida académica y cultural a nuestro Estado”, aseveró.

El legislador agregó que cuando en una institución, el perfil de egreso de sus estudiantes alcanza para servir a México y transformar a su Estado; cuando una escuela se ha consolidado en las últimas dos décadas como una de las mejores 20 instituciones con excelencia académica en el país; cuando aporta el mayor porcentaje docente en idoneidad, de acuerdo a la exigencia del Servicio Profesional Docente en el Estado, eso significa que camina en la ruta correcta.

A este Decreto se sumaron los diputados Jorge Luis Márquez Cázares, Angélica María Payán García, Lisette López Godínez, Carlos Alberto León García, Manuel Villegas Rodríguez, Juan José Lam Angulo y Rodrigo Acuña Arredondo.

En el desarrollo de la sesión plenaria también se aprobaron los dictámenes con proyectos de Decreto que adicionan las leyes de Ingresos y Presupuesto de Ingresos de los ayuntamientos de los municipios de Altar y Pitiquito, Sonora, correspondientes al ejercicio fiscal de 2016.

La diputada Angélica María Payán García leyó, a nombre de la Comisión de Presupuestos y Asuntos Municipales, el dictamen relativo a que el Ayuntamiento de Altar incorpore un nuevo cobro por expedición de licencias de construcción, modificación o reconstrucción en el ordenamiento fiscal citado.

El documento establece que, para que el Ayuntamiento pueda ingresar recursos a las arcas municipales, cualesquiera que estos sean, es necesario que estén contemplados en su Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos, ya que de no ser así estaría incurriendo en una ilegalidad. En este caso se trata de una nueva contribución, específicamente un derecho para el cobro de licencias de tipo comercial, industrial y de servicios, por la construcción, modificación o reconstrucción de obras en materia de desarrollo urbano.

Lo anterior surge del hecho de que actualmente existe el proyecto de realización de una obra que consiste en la construcción de un gasoducto que transportará gas natural proveniente de la región de Waha, Texas y con esto se podrán satisfacer los requerimientos de este combustible en las centrales de generación de la Comisión Federal de Electricidad, ubicadas en los estados de Chihuahua y Sonora, así como en las regiones Norte y Noroeste del Estado.

Para estar en condiciones de llevar a cabo la obra, la empresa requiere dar cumplimiento a diversos permisos y normatividad del orden federal y estatal, y en razón de que el Ayuntamiento de Altar no cuenta en su Ley de Ingresos con el supuesto jurídico que le permita realizar el debido cobro, es que se acudió a esta Soberanía para solicitar la referida modificación.

En el mismo sentido se aprobó el dictamen que autoriza al Ayuntamiento del municipio de Pitiquito, Sonora, a que adicione una fracción III al Artículo 18 de la Ley número 57 de Ingresos y Presupuesto de Ingresos para el presente ejercicio fiscal, con el objeto de establecer el derecho para el cobro de licencias de tipo comercial, industrial y de servicios, por la construcción, modificación o reconstrucción de obras en materia de desarrollo urbano.

La Comisión de Presupuestos y Asuntos Municipales se manifestó de acuerdo con la iniciativa, toda vez que para que el Ayuntamiento se encuentre en condiciones de otorgar las licencias correspondientes y realizar el cobro por las mismas, le permitirá disponer de mayores recursos para destinarlos a obras públicas, a favor y beneficio directo de los habitantes del municipio de Pitiquito, Sonora, leyó el diputado Rodrigo Acuña Arredondo.

En el desarrollo de la sesión ordinaria, la diputada Ana Luisa Valdés Avilés presentó una iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Vivienda del Estado de Sonora, con el objeto de modificar la denominación del Capítulo XIII, reformar el Artículo 68 y adicionar el artículo 72 BIS.

De la transmisión de propiedad y arrendamiento de la vivienda social y de lotes de fraccionamientos populares se denominaría el Capítulo XIII de la Ley, una vez modificado, ya que actualmente se refiere a la enajenación y arrendamiento, además propuso incluir una cláusula que establezca lo siguiente:

“El inmueble objeto de este acto jurídico se encuentra destinado al patrimonio de la familia, en beneficio de la familia del adquiriente, por lo que es inalienable y no puede ser objeto de embargo ni gravamen alguno, asimismo quedará constituido el Testamento Público Simplificado, de lo cual deberá tomarse nota al hacer la inscripción en el Registro Público de la Propiedad”.

La iniciativa se turnó para su estudio y dictaminación a la Comisión de Vivienda. La próxima sesión del Pleno se citó para el martes 17 de mayo, a las 11:00 horas.

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